Los años dedicados a la Sagrada Liturgia (2026 y 2027) constituyen para nuestra Arquidiócesis una oportunidad privilegiada de renovación eclesial. Comenta un sacerdote experto en liturgia (AVC) que no se trata de promover celebraciones “más solemnes”, capacitar ministros o corregir algunos abusos rituales. El verdadero desafío consiste en “redescubrir” la Liturgia como el centro de la vida de la Iglesia, porque en ella se actualiza sacramentalmente la obra de la redención y se manifiesta la Iglesia en su realidad más profunda. El Concilio Vaticano II enseña que la Liturgia es “la cumbre a la cual tiende la actividad de la Iglesia y, al mismo tiempo, la fuente de donde mana toda su fuerza” (Sacrosanctum Concilium, 10).
Teológicamente, la Liturgia es la acción de Cristo y de la Iglesia. En ella Cristo, Cabeza, continúa santificando a su Pueblo y ofreciendo al Padre el culto perfecto. Por ello, estos dos años deberían ayudar a superar una visión reduccionista de la Liturgia como simple conjunto de ceremonias, estética religiosa o espacio para la creatividad personal. Este bienio debe conducir a sacerdotes, religiosos y laicos hacia una participación plena, consciente y activa. Sacrosanctum Concilium recuerda que dicha participación exige una auténtica formación litúrgica, comenzando por los pastores. El Concilio pide expresamente que el clero se forme no solamente en el aspecto ritual, sino también en las dimensiones teológica, histórica, espiritual, pastoral y jurídica de la Liturgia (SC 16-18). Por tanto, es necesario comprender qué se celebra, quién celebra, por qué se celebra y cómo la celebración transforma la vida.
Pastoralmente, un bienio litúrgico puede convertirse en un verdadero proceso de renovación de las parroquias. La celebración dominical, la Eucaristía, los sacramentos, el Año Litúrgico, la Palabra de Dios, el canto sagrado, el silencio, los espacios litúrgicos, etc., deben recuperar su lugar propio. La pastoral no puede funcionar al margen de la Liturgia ni sustituirla por actividades, reuniones o devociones. Al mismo tiempo, la Liturgia no puede encerrarse en el templo. Es una conversión de la improvisación a la fidelidad; del protagonismo a la participación; de la rutina al misterio; de la devoción aislada a la vida sacramental. El Concilio pide además fomentar la vida litúrgica diocesana en torno al Obispo y fortalecer la vida litúrgica parroquial (SC 41-42).
Estos dos años deben ayudar a recuperar el sentido eclesial de las normas litúrgicas. Las acciones litúrgicas no son propiedad privada del sacerdote, del grupo pastoral ni de la comunidad: pertenecen a toda la Iglesia (CIC, c. 837). La ordenación de la Liturgia corresponde a la autoridad de la Iglesia, y el Obispo diocesano es moderador, promotor y custodio de toda la vida litúrgica de su Diócesis (cc. 835 y 838).
Sacerdotes, religiosos y laicos debemos sentirnos corresponsables de este proceso, cada uno según su vocación y función. Estos dos años dedicados a la Liturgia deben ser entendidos como un tiempo de conversión eclesial: conversión de la improvisación a la fidelidad; del protagonismo a la participación; de la rutina al misterio; de la devoción aislada a la vida sacramental y de una pastoral centrada en actividades a una Iglesia que nace, se alimenta y se renueva en el Misterio Pascual.


















































