Hoy en la Iglesia y en el mundo hay una fuerte necesidad de redescubrir el significado y el valor de la unión conyugal entre hombre y mujer sobre el que se funda la familia. En muchas familias se ignora que el matrimonio es un sacramento y se lo banaliza, reduciéndolo a un acontecimiento social, una mera costumbre llena de vanidad, sentimentalismo y gastos superfluos, una ceremonia que no genera compromiso serio y que se la puede hacer y deshacer según caprichos personales. Para algunas empresas, celebrar bodas religiosas en sus establecimientos se ha convertido en un negocio lucrativo y en auge, desconociendo que el matrimonio es un don de Dios para los cónyuges.
El Papa Francisco nos recuerda, al respecto, que “el matrimonio según la Revelación cristiana no es una ceremonia o un evento social, ni una formalidad; no es ni siquiera un ideal abstracto: es una realidad con su precisa consistencia, no una mera forma de gratificación afectiva que puede constituirse de cualquier manera y modificarse de acuerdo con la sensibilidad de cada uno” (Discurso del Papa Francisco al Tribunal de la Rota Romana, 27.01.2023).
Sobre la celebración de bodas fuera de un templo parroquial, debemos recordar que el sacramento del Matrimonio es una celebración sagrada y, como todo sacramento, es una acción de toda la Iglesia, por lo que su celebración es de carácter público y no privado.
El Código de Derecho Canónico indica que el matrimonio se debe celebrar ordinariamente en una iglesia parroquial (Cf. CIC c. 1118 § 1). Igualmente, la Normativa del Plan Pastoral Arquidiocesano de Cuenca dice: “…Los sacramentos del Bautismo, Primera Comunión, Confirmación y Matrimonio se celebrarán únicamente en el templo parroquial o en las capillas dependientes de la parroquia (CIC. 862). Por consiguiente, no se pueden celebrar en capillas privadas o de centros educativos, casas particulares, centros de espiritualidad, salones de recepción, hosterías, haciendas, entre otros. En caso de infringir estas normas, se aplicarán las sanciones canónicas respectivas” (PPA 162ª).
Por costumbre y práctica pastoral, con la finalidad de cuidar la naturaleza sagrada de los sacramentos, la comunión y la igualdad -en nuestra Iglesia Local-, desde hace muchos años no se autoriza realizar el sacramento del matrimonio fuera de los templos parroquiales (cf. Exhortación Pastoral de Mons. Luis Gerardo Cabrera, 29 de septiembre de 2010).
Todos los católicos tenemos el deber de observar siempre la comunión con la Iglesia, incluso en su modo de obrar, (Cf. CIC. 209.1) y a seguir las indicaciones que los pastores legítimos nos den sobre la recepción de los sacramentos. Los sacramentos realizados al margen de la normativa de la Iglesia, corren el riesgo de ser inválidos e ilícitos.
Entre los muchos desafíos que tiene la pastoral familiar para afrontar los problemas, las heridas y los sufrimientos de todos, está el acompañamiento a los matrimonios, sobre todo a los que están en crisis. Debemos acompañarlos con amor y esperanza para transmitirles de forma vital el Evangelio de la familia. En este sentido, un recurso fundamental para afrontar y superar las crisis es renovar la conciencia del don recibido en el sacramento del matrimonio, don irrevocable, fuente de gracia con la que siempre podemos contar.


















































